PLAN DE APOYO A LA
GESTIÓN UNIVERSITARIA
Como concreción del compromiso expresado por el Rector en su
discurso de apertura del actual curso académico, el presente documento pone
a consideración del Consejo de Gobierno un conjunto de medidas con las que
se pretende apoyar decididamente la gestión universitaria, a través de la
reducción de la carga docente de los responsables directivos de centros y
departamentos; así como la creación de un conjunto de cargos académicos a
través de los cuales se garantice una mayor eficacia en la toma de
decisiones y la gestión.
Además de ser algo que venía reclamándose por parte de los
responsables académicos desde tiempo atrás, el Consejo de Dirección ha
asumido aportar un conjunto de acciones en sintonía con lo expresado en el
Plan Estratégico de la ULL, en cuanto que uno de los objetivos que se
formula en éste es el de “fomentar la eficiencia y el desarrollo profesional
en la gestión y los servicios”. Además con este conjunto de medidas de
actuación se aborda de forma operativa el objetivo incluido en su Plan de
Gobierno que hace referencia a la “reorganización, mejora y cualificación de
los directivos, la administración y los servicios, así como motivación y
desarrollo profesional de su personal” (objetivo estratégico 3.1)
Una vez elaborado un primer borrador, por parte del
Vicerrectorado de Profesorado y Calidad Docente y la Gerencia, en el que se
establecían los criterios de reducción de dicha carga a favor de que puedan
realizar más convenientemente las tareas de gestión de los responsables
académicos; y tras ser presentado y contrastado, en diferentes reuniones,
con los diferentes interlocutores (representación sindical, responsables de
centros y departamentos) se pone a consideración del Consejo de Gobierno
este plan en la intención de aportar una primera aproximación de medidas, no
definitivas, que ofrezca al profesorado dedicado a la gestión universitaria
un soporte que complemente a la vez que incentive la importantísima labor
que está desarrollando.
Este documento se estructura en dos bloques de medidas. Un
primero relativo a las medidas de incentivación a la gestión de los
departamentos, centros, posgrados e institutos universitarios; en el que se
especifican los criterios e intervalos para la reducción de la carga docente
de los responsables académicos.
Un segundo, en el que se propone la creación de nuevos
cargos académicos dentro del ámbito del equipo de gobierno (vicerrectorados
y directores) y de los centros (coordinadores de calidad e innovación), en
la intención de garantizar un mayor nivel de eficiencia en la gestión del
gobierno de la universidad.
Todo ello en la voluntad manifiesta de este Rector de hacer
explícita la valoración y alta consideración que se le debe otorgar al
profesorado que se dedica a la no suficientemente reconocida labor de
gestión.
A) Incentivación a la gestión de los departamentos:
Reducción de la carga docente a directores o directoras de departamento (
Hasta el 25% de reducción: 6 créditos)
El modelo de reducción se basa en tres variables:
a) Número de PDI, a tiempo completo con una ponderación del
50%.
b) Número de titulaciones en las que el departamento imparte
docencia con una ponderación del 25%.
c) Créditos que imparte el departamento, con una ponderación
del 25%.
Para el cálculo del porcentaje de reducción se tiene en
cuenta lo siguiente:
‐ El intervalo de reducció va desde el 0% hasta el 25%.
‐ Cada variable se pondera de acuerdo a su peso dentro del
total para todos los departamentos.
‐ Los porcentajes de reducció se aplican sobre 24 créitos.
Se establecen tres intervalos de reducció:
a) Menos de 0,8% le corresponderí un 0% de reducció. (<0,8%
= 0% de reducció: 0 créitos, 0 horas)
b) Entre 0,81 % y 2% se establece una reducción de 12,5%
(081<x<2 = 12,5% de reducción : tres
créditos, 1 hora)
c) Mayor de 2,1% le correspondería 25% de reducción (x> 2,1%
= 25% de reducción : seis créditos, 2
horas)
B) Incentivación a la gestión de los centros: Reducción de
la carga docente a vicedecanos o vicedecanas y subdirectores o subdirectoras
de centros (hasta el 25% de reducción: 6 créditos)
El modelo se basa en dos variables:
a) Número de estudiantes matriculados dividido por el número
de vicedecanos/as o subdirectores/as del centro, con una ponderación del
70%.
b) Número de titulaciones impartidas por el centro (grado y
posgrado) dividido por el número de vicedecanos/as o subdirectores/as del
mismo, con una ponderación de 30%.
Para el cálculo del porcentaje de reducción se tiene en
cuenta lo siguiente:
‐ El intervalo de reducció va desde el 0% hasta el 25%.
‐ Cada variable se pondera de acuerdo a su peso dentro del
total para todos los centros.
‐ Los porcentajes de reducció se aplican sobre 24 créitos.
Se establecen tres intervalos de reducció:
a) Menos del 1,5% le corresponderí un 0% de reducció (<1,5%=
0% de reducció: 0 créditos,
0 horas)
b) Entre el 1,5% y el 3,2% se establece una reducción del
12,5% ( 1,5<x<3,2 = 12,5% de reducción :
tres créditos, 1 hora)
c) Mayor de 3,2% le correspondería una reducción del 25% (
x>3,2% = 25% de reducción : seis
créditos,
2 horas)
C) Incentivación a la gestión de los posgrados: Reducción de
la carga docente a directores académicos de master y doctorado (hasta 2
créditos)
El modelo se basa en 2 variables:
a) Nº de estudiantes matriculados con una ponderación del
50%
‐Menos de 15 alumnos: 0 puntos.
‐Entre 15 y 50 alumnos: 1 punto
‐ Má de 50 alumnos: 2 puntos
b) Estar en posesión de la Mención de Calidad y/o ser un
Programa Inter‐ Universitario, coordinado por la ULL, con una ponderació del
50%.
‐Sin Menció de Calidad y Programa no Inter‐Universitario: 0
puntos.
‐Con Menció de Calidad o Programa Inter‐Universitario: 1
punto.
Se establecen los siguientes intervalos de reducció:
a) Má de 1 punto: 2 créitos de reducció.
b) 1 punto: 1 créitos de reducció
c) 0 puntos: 0 créitos de reducció
D) Incentivación a la gestión de los institutos
universitarios: Reducción de la carga docente a directores de institutos
universitarios (hasta 4 créditos de reducción)
El modelo se basa en tres variables:
a) Nº de proyectos de investigación en vigor:
‐ Mayor o igual a 10 proyectos: 2 puntos
‐ Menor de 10 proyectos: 1 punto
‐ Ningú proyecto: 0 puntos
b) Infraestructura cientíica no adscrita al SEGAI:
‐Suma de costes de material de laboratorio mayor o igual a
300.000 euros: 1 punto
‐ Suma de costes de material de laboratorio inferior a
300.000 euros: 0 puntos
c) Producción científica en el último curso académico:
‐ Nº de artículos en revistas indexadas/ nº total de
investigadores:
‐ mayor que 1: 2 puntos
‐ mayor que 0.5 y menor que 1: 1 punto
‐ menor que 0.5: 0 puntos
Se establecen tres intervalos de reducció:
a) Entre 4 y 5 puntos: 4 créitos de reducció,
b) Entre 2 y 3 puntos: 2 créitos de reducció
c) Menos de 2 puntos: 0 créitos de reducció
Con carácter general:
‐ Los porcentajes de reducción se aplicará sobre la máxima
dedicación del profesor a tiempo completo establecido por la legislación
vigente (24/36 créditos).
‐ Las reducciones recogidas en el plan no podrá acumularse
con reducciones por otros conceptos.
‐ Se establece un tope de reducción por gestión de 24
créditos por área de conocimiento. En el cómputo de dicho tope quedan
excluidas las reducciones aplicables a los siguientes cargos académicos:
rector y consejo de dirección. En este caso se establece un tope de 12
créditos para el resto de actividades de gestión que pueda acumular el área.
‐ Los decanos/as o directores/as de centro, los
directores/as de departamento, los directores/as de instituto universitario
y los directores/as académicos/as de master y doctorado, podrá asignar con
plena autonomía las reducciones de capacidad docente previstas en este
documento a los diferentes miembros de sus respectivos equipos.
‐ Las reducciones de la dedicación docente correspondiente
al profesor y al área se aplicará y actualizará en el momento de la
planificación de cada curso académico.
‐ Si como resultado de la aplicación de las reducciones por
gestión, la totalidad del profesorado del área estuviera por encima de su
máximo de dedicación (descontada las horas de reducción por investigación a
las que tuviera derecho), se procedería a estudiar la necesidad de
contratación para el área, siempre y cuando el exceso de encargo docente
diera lugar al menos a la contratación de un profesor a tiempo parcial a 3
horas. Las contrataciones que se produjeran por esta causa será siempre de
carácter temporal.
‐ No está recogidos en este documento los cargos académicos
que ya tienen establecida una reducción docente. Estos cargos son los
siguientes:
o Rector o rectora.
o Vicerrector o vicerrectora,
secretario o secretaria general.
o Director o directora de
secretariado.
o Decano o decana, director o
directora de centro.
E) Nuevos cargos académicos del equipo de gobierno:
Vicerrectorado de Proyección Internacional:
Será competencia de este vicerrectorado la gestión de la
política de relaciones internacionales y de proyección exterior de nuestra
universidad, en cuanto el establecimiento de relaciones con instituciones
públicas y privadas de ámbito internacional, en programas de cooperación en
materia educativa, cultural y científica; así como la potenciación de los
programas de movilidad externa de los miembros de nuestra comunidad
universitaria y la captación de alumnado y profesorado de otras
universidades nacionales y extranjeras. Dentro de este ámbito competencial
general se hará cargo específicamente de supervisar la actuación de la
Oficina de Relaciones Internacionales .
Vicerrectorado de Calidad Institucional e Innovación
Educativa:
Será competencia de este vicerrectorado la gestión de la
política de evaluación y mejora de la calidad en los ámbitos de la docencia
(y por ende de las titulaciones), la investigación, la gestión y los
servicios (todo ello en estrecha colaboración con los vicerrectorados
competentes en dichos ámbitos). Además, se hará cargo de coordinar las
acciones de formación permanente e innovación educativa, en particular
aquellas que hagan referencia a la aplicación de las TICs al proceso de
enseñanza‐aprendizaje. Entrará dentro de sus competencias la gestión
integral de los recursos en materia de TICs relacionados con la innovación
educativa, así como el potenciar su utilización por parte del profesorado de
la ULL. Por ello, dentro de este ámbito competencial general se hará cargo
especiíicamente de supervisar la actuación de la Unidad de Docencia Virtual,
así como de la potenciación del Campus Virtual de la ULL.
Vicerrectorado de Planificación Económica:
Será competencia de este vicerrectorado la gestión de la
política económica de la universidad, en lo relativo al diseño de
directrices presupuestarias para la elaboración del presupuesto anual, así
como el seguimiento y la evaluación de dichas directrices; además de todo lo
relativo a la política de captación de fondos.
Director/a de la Oficina de Mediación Universitaria:
Estará dentro de sus funciones las siguientes:
• Poner en funcionamiento la
Oficina de Mediación Universitaria, previa negociación con los diferentes
miembros de la comunidad universitaria implicados y tras ser aprobado su
reglamento por el Consejo de Gobierno
• Coordinar y supervisar al
equipo humano que constituirá dicha oficina, en el ámbito de las funciones
que les otorgue su reglamento
• Representar a la Oficina de
Mediación Universitaria en las distintas instancias universitarias y
sociales, donde se requiera su presencia
• Desarrollar la interlocución
institucional con el Jefe del Servicio de
Inspección y el Defensor de la Comunidad Universitaria
• Presidir las comisiones de
trabajo que se constituyan dentro de la Oficina de Mediación
• Asesorar al consejo de
dirección en todo lo relativo a los procesos de mediación para la resolución
de conflictos y la mejora de la convivencia universitaria
• Realizar un informe anual del
desarrollo de las actuaciones realizadas por parte de la Oficina de
Mediación Universitaria
• Velar por el cumplimiento de
todas aquellas funciones que se especifiquen en el reglamento de dicha
oficina
Este cargo académico se considerará, a los efectos de
reducción de la carga docente y de retribución económica, equivalente al de
director/a de secretariado
Director/a de la Unidad de Evaluación y Mejora de la
Calidad:
Tendrá como función general dirigir los trabajos de la
Unidad de Evaluación y Mejora de la Calidad (UEMC) a la que le compete:
• Elaborar los informes y
estudios que el Consejo de Calidad o los órganos de gobierno universitario
le soliciten en materia de calidad de la docencia, la investigación, la
administración y los servicios de la Universidad de la Laguna.
• Planificar y poner en marcha
de los procesos de evaluación institucional, acreditación y certificación de
las titulaciones, así como de la investigación,
de los servicios y de la administración de la
universidad de acuerdo con lo que decida el Consejo de Calidad.
• Elaborar y proponer al Consejo
de Calidad los informes finales de la universidad vinculados a los procesos
de evaluación de las titulaciones, la investigación, los servicios y la
administración de la universidad.
• Elaborar las propuestas de
Programas de Mejoras de la Calidad Universitaria derivados de los informes
finales de la evaluación.
• Coordinar el desarrollo de los
programas de mejoras de la calidad universitaria, así como los procesos de
evaluación institucional, acreditación y certificación con la evaluación de
la actividad docente y de la calidad de la gestión administrativa y los
servicios que se lleven a cabo al amparo de los artículos 35 y 74 de los
Estatutos de la Universidad de La Laguna.
• Coordinar la formación en
materia de calidad.
Así mismo será responsable de dinamizar el trabajo del
equipo humano de la unidad, constituida por cinco miembros: tres profesores
a tiempo completo de la Universidad de La Laguna y dos miembros del Personal
de Administración y Servicios de la ULL, con funciones vinculadas a los
procesos de evaluación y mejora de la calidad (Sección de Calidad y Gabinete
de Análisis y Planificación), contando con el apoyo administrativo de una
jefatura de sección y dos jefes de Negociado, así como del personal técnico
(becarios/técnicos) adscritos a la misma.
Este cargo académico se considerará, a los efectos de
reducción de la carga docente y de retribución económica, equivalente al de
director/a de secretariado
Director/a de Innovación Educativa y TICs aplicadas a la
enseñanza:
Entre sus funciones estarán:
• Coordinar la Unidad para la
Docencia Virtual y supervisar el desarrollo de las funciones encomendadas a
la misma
• Supervisar el funcionamiento
del Campus Virtual y adoptar las medidas necesarias para su potenciación.
• Establecer y supervisar el
plan de formación del profesorado en el uso
de las tecnologías de la información y la comunicación
aplicadas a la enseñanza
• Gestionar los cronogramas de
utilización de los medios audiovisuales de la universidad
• Coordinar las actuaciones
institucionales en materia de investigación educativa sobre el uso de las
TICs en este ámbito
• Apoyar los proyectos de
internacionalización de la ULL en lo relativo a la docencia virtual
• Coordinar el plan de actuación
de los coordinadores de calidad e innovación docente
• Impulsar el desarrollo de
proyectos de innovación educativa en los centros
Este cargo académico se considerará, a los efectos de
reducción de la carga docente y de retribución económica, equivalente al de
director/a de secretariado
Director/a de Empleabilidad y Prácticas Externas:
Entre funciones estarán:
• Colaborar en la organización y
seguimiento de las prácticas externas correspondientes a las enseñanzas
oficiales (grados y máster).
• Coordinar la acción de los
tutores tanto académicos como los de las entidades externas.
• Promover convenios tanto con
empresas como con otras universidades para facilitar la movilidad de los
alumnos en la realización de las prácticas externas.
• Organizar la orientación
laboral.
• Organizar jornadas, seminarios
y otros eventos relacionados con la empleabilidad de los alumnos.
• Coordinar la oferta de
actividades formativas relacionadas con la emprendiduría e inserción
laboral, factibles de ser objeto de créditos reconocibles en las
titulaciones de grado según la normativa de la ULL.
• Coordinar la oferta anual del
Plan Universitario de Empleo, así como promover los convenios que sean
necesarios para su desarrollo.
Este cargo académico se considerará, a los efectos de
reducción de la carga docente y de retribución económica, equivalente al de
director/a de secretariado
Coordinadores de Calidad e Innovación Docente:
Este cargo académico, ya reglamentado por acuerdo de Consejo
de Gobierno de fecha 26 de marzo de 2008 se considerará, a los efectos de
reducción de la carga docente y de retribución económica, equivalente al de
director/a de secretariado.
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